Se entiende por Proyecto Educativo Institucional el conjunto de valores y principios distintivos de una comunidad educativa que se declaran de forma explícita en un documento y que enmarcan su acción educativa, otorgándole carácter, dirección, sentido e integración.
El Reglamento Interno es un instrumento, elaborado por los miembros de la comunidad educativa de acuerdo a los valores expresados en el Proyecto Educativo que orienta a los establecimientos en relación a los contenidos mínimos que debe incluir en base a las instrucciones señaladas en la Circular N°482.
El Plan de Mejoramiento Educativo (PME) es la herramienta central de planificación, implementación y evaluación del mejoramiento educativo en escuelas y liceos, en tanto sirve de guía para la evaluación institucional y pedagógica de cada establecimiento.
Tiene como propósito dar sentido y orientación, a través de criterios y normas pedagógicas, al proceso de evaluación que favorece la calidad y excelencia de los aprendizajes integrales de los y las estudiantes.
El Plan de Gestión es un instrumento acordado por el Consejo Escolar o Comité de Buena Convivencia, que busca materializar acciones que permitan movilizar a los integrantes de la comunidad educativa en torno al logro de una convivencia pacífica.
La ley que crea el Plan de Formación Ciudadana (N°29.911) exige que cada escuela y liceo incorpore en sus estrategias educativas distintas actividades y situaciones que permitan un aprendizaje integral, orientado a formar ciudadanos respetuosos y responsables, a consecuencia del ejercicio de sus deberes y derechos.
Planifica eficientemente integrando programas preventivos y protocolos o planes operativos de respuesta, a través de la identificación de los riesgos y recursos del Establecimiento Educacional, con el fin de evitar que estos riesgos se conviertan en desastres y propender a una comunidad educativa más resiliente.
Herramienta que promueve la prevención del abuso sexual infantil como una tarea ineludible del sistema escolar y de la comunidad educativa.
La Ley de Inclusión N° 20.845 requiere de todos los establecimientos la elaboración de planes de apoyo a la inclusión de manera de cumplir con el mandato de desarrollar una educación libre de discriminaciones arbitrarias, en comunidades educativas que se constituyen como espacios de encuentro y aprendizaje de estudiantes de procedencias y condiciones diversas.
La Formación Local es el conjunto de acciones de desarrollo profesional docente que ocurren dentro de la escuela o liceo, a través de la implementación de estrategias de trabajo colaborativo y/o de retroalimentación de prácticas pedagógicas, con el objetivo de fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje, en aspectos que son prioritarios para la comunidad educativa.
Los Centros de Padres con personalidad jurídica de organizaciones comunitarias: Se regulan por sus estatutos, o por el Estatuto Modelo contenido en el Decreto Supremo N° 732 de 1990 del Ministerio de Educación. En lo no regulado se rigen por la Ley de Junta de Vecinos.
Este documento es el instrumento de gestión pedagógica que articula las definiciones estratégicas del Proyecto Educativo Institucional (PEI) con la práctica cotidiana en el aula. Se fundamenta en la convicción de que la diversidad es el eje motor del aprendizaje y el desarrollo humano.